Ayudas de la Junta para el fomento del auto empleo
HOY Arroyo de la Luz
Arroyo de la Luz
Sábado, 22 de mayo 2021, 16:37
El Ayuntamiento de Arroyo de la Luz ha informado a través de su página sobre las ayudas de la Junta de Extremadura para el fomento del auto empleo. Estas ayudas son subvenciones dirigidas al fomento y consolidación del trabajo autónomo en Extremadura.
Las bases reguladores de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura se establecen por el Decreto 29/2021 de 21 de abril y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los Programas I, II y IV. La información completa se puede encontrar en el siguiente enlace:
http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2021/850o/21040032.pdf
En el DOE 94, del 19 de mayo, se publica la corrección de errores del Decreto citado;
http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2021/940o/21040044.pdf
Tiene vigencia hasta el 30 de marzo de 2022.
El plazo se establece durante el mes en el que se produce el alta en RETA del Autónomo o del Autónomo Familiar Colaborador (fecha de inicio de la actividad que figure en la TGSS), y los cinco meses naturales siguientes.
La altas que se hayan producido entre el día siguiente a la expiración del periodo de vigencia de la Orden de 4 de abril de 2019, (DOE núm. 79, de 25 de abril de 2019), por la que se aprobó la última convocatoria de subvenciones para el Fomento del autoempleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las anteriores bases reguladoras aprobadas por el Decreto 90/2016 de 28 de junio, y el día anterior a la entrada en vigor del presente decreto, la solicitud deberá formularse en el plazo máximo de dos meses desde la fecha en la que entre en vigor la presente convocatoria de las ayudas y no se exigirá el Plan de Empresa referido en el artículo 23.1 del decreto de bases reguladoras (DOE N.º NÚMERO 94 de 19 de mayo de 2021 CORRECCIÓN de errores del Decreto 29/2021, de 21 de abril )
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Programa I. Ayudas al establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas
Los destinatarios son personas desempleadas que se establezcan como autónomos y tienen una cuantía que va desde 5.000 hasta 9.000 euros.
Programa II. Familiar colaborador
Destinadas a personas trabajadoras autónomas que propicien la inserción de una persona en su actividad, mediante su alta en RETA como familiar colaborador. Estas ayudas tendrán igualmente una cuantía entre 5.000 y 9.000 euros.
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Programa IV. Ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que inicien actividad como autónomas
Destinadas a personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad como personas autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el RETA. La cuantía de la ayuda es de 5.000 euros.
La información completa puede encontrarse en el enlace https://extremaduratrabaja.juntaex.es/ayudas_autoempleo_programas
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