Comienza el periodo de alto riesgo de incendio en la región
Ayer lunes, 1 de junio, se activó el periodo de riesgo de incendio con la llegada de las altas temperaturas, que se mantendrá hasta el próximo 15 de octubre, plazo prorroglable si las condiciones así lo aconsejan.
Dentro de este marco, el Ayuntamiento arroyano informaba el pasado mes de mayo que el periodo de limpia de pastos de los propietarios de solares, parecelas y espacios privados en suelo urbano o urbanizable finalizaba el pasado domingo, 31 de mayo.
Así, informaban que, de conformidad con el art. 25.2 f) de la Ley 7/85 de las bases de régimen local y en consonancia con el art. 167. b) de la Ley 11/2018 de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura y con ello, el decreto 52/2010, de 5 de Marzo de la Consejería de Desarrollo Rural (D.O.E. núm. 48, de 11 de Marzo), por el que se establecen, medidas de prevención de incendios, y en concordancia con lo establecido en los artículos 113 y 114 de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, publicada en el B.O.P. de Cáceres núm. 130, de 8 de julio de 2005, y en la Ley 5/2004, de 24 de Junio de 2004, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales en Extremadura.
En caso de incumplimiento, se les aplicará el régimen de infracciones y sanciones previsto en la Ordenanza de Convivencia Ciudadana del Ayuntamiento de Arroyo de la Luz, en la cual se califican dichas infracciones como graves, así como lo establecido en el artículo 409.3 de la misma por la que el Ayuntamiento podrá, en los casos que considere oportuno, realizar subsidiariamente las operaciones de restauración del orden jurídico infringido, a costa del sujeto obligado.
Durante el periodo de alto riesgo de incendio quedan prohibidas las hogueras, barbacoas o actividades similares con emisión de humo y pavesas. Está prohibido también arrojar cigarros o fósforos desde vehículos, así como encender fuego fuera de los supuestos expresamente previstos o autorizados con arreglo a la normativa de incendios forestales.
Por último, compartimos el DOE en el que se recoge toda la normativa, que puede consultarse en el siguiente enlace: http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2020/1010o/20050075.pdf
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